10 datos sobre las resoluciones de la ONU que abordan la cuestión de Artsaj

25 de octubre de 2024

Recientemente, al comentar las resoluciones de la ONU sobre la cuestión de Artsaj, el presidente de la Asamblea Nacional de Armenia, Alen Simonyan, intentó afirmar que, según la ONU, Artsaj fue reconocido como parte de Azerbaiyán, justificando así la agresión de Bakú y la limpieza étnica cometida contra los armenios.

El analista Tigran Kotanjyan presentó puntos clave que desmontan por completo esta falsa tesis:

  1. El Consejo de Seguridad de la ONU NUNCA discutió la solución al conflicto de Artsaj ni proporcionó ninguna solución. En cambio, el Consejo de Seguridad de la ONU adoptó cuatro resoluciones en 1993 destinadas a prevenir la expansión geográfica de las operaciones militares y la participación de otros países como Armenia, Turquía, Rusia e Irán.
  2. La principal demanda de estas resoluciones fue el cese inmediato de las hostilidades y la reanudación de las negociaciones, que Azerbaiyán violó y no cumplió. Además, Azerbaiyán no cumplió con otras demandas derivadas de estas resoluciones, como el levantamiento del bloqueo y la apertura de carreteras.
  3. Nota importante: Estas resoluciones mencionan a las fuerzas armenias de Nagorno Karabaj (Artsaj) como parte en conflicto.
  4. En estas resoluciones sólo se dirigía una exigencia a la República de Armenia: utilizar su influencia sobre los armenios de Nagorno Karabaj para garantizar una solución pacífica, exigencia que Armenia cumplió.
  5. Los armenios de Nagorno Karabaj aceptaron cumplir las exigencias de las resoluciones y cesar el fuego, que era la exigencia principal, pero la negativa de Azerbaiyán a cesar el fuego y cumplir hizo imposible que las otras partes cumplieran plenamente las exigencias que se les planteaban.
  6. La ONU no tiene la función de reconocimiento de juré, por lo que NUNCA discutió ni reconoció el estatus legal de ninguna región del mundo. Por lo tanto, las cuatro resoluciones no eran documentos que reconocieran el estatus de juré de Nagorno Karabaj y sus regiones circundantes. Estas resoluciones se adoptaron en 1993 (no en 1991, cuando comenzó el conflicto) en una situación específica y con un propósito específico (véase el punto 1). Por lo tanto, las referencias al estatuto que se hacen en estas resoluciones no pueden considerarse un reconocimiento de juré del territorio por parte de las Naciones Unidas.
  7. El derecho a la libre determinación del pueblo de Nagorno Karabaj fue reconocido por el Grupo de Minsk de la OSCE, la Unión Europea y muchos otros países. La determinación final y el reconocimiento de juré del estatus de Nagorno Karabaj deben ser el resultado de este proceso de libre determinación.
  8. El fracaso de Azerbaiyán en la aplicación de las cuatro resoluciones adoptadas en 1993 llevó a que éstas perdieran su relevancia debido a la desaparición de las amenazas que pretendían prevenir. En 1994, se firmó un acuerdo tripartito de alto el fuego indefinido en circunstancias y procesos diferentes.
  9. Tras el colapso de la URSS, Azerbaiyán no tenía derecho a incluir este territorio dentro de sus fronteras contra la voluntad del pueblo de Nagorno Karabaj.
  10. De acuerdo con las normas internacionales, la Constitución y las leyes de la URSS, durante el colapso de la Unión Soviética, el pueblo de Nagorno Karabaj tenía pleno derecho a la autodeterminación mediante la libre expresión de su voluntad, que ejercía. Por lo tanto, Nagorno Karabaj NUNCA fue parte de Azerbaiyán independiente. Esto significa que Nagorno Karabaj no tiene ninguna conexión con la integridad territorial de Azerbaiyán.
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